Tomado de Granma
En Cuba se han implementado numerosas medidas en materia laboral, salarial y de seguridad social ante la situación que vive el país a causa de la COVID-19, desde hace más de un año, en las cuales ha primado la óptica de proteger los empleos y los ingresos de los trabajadores.
Entre las facilidades que se han promovido está el trabajo a distancia y el teletrabajo. El último forma parte del primero y requiere de conectividad de manera permanente, al realizarse desde casa.
Se trata, al decir de Marta Elena Feitó Cabrera, ministra de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), durante su intervención en una de las mesas redondas de la televisión, dedicadas a este tema, de una modalidad refrendada en el Código de Trabajo, que se impulsó en Cuba desde septiembre de 2019, a partir de la situación energética del país.
En la Ley laboral anterior existía un contrato similar nombrado «a domicilio». En todo caso, se produce un abandono del enfoque tradicional del empleo, pues limita la presencia del trabajador en la oficina.
Feitó Cabrera enumeró las garantías que tienen los trabajadores que laboran en su casa, quienes cobran el 100 % de su salario y mantienen el estipendio del almuerzo aquellos que lo recibían.
Los comentarios de los lectores son un buen medidor de estos temas que preocupan a la población, y una de las cuestiones abordadas en los últimos tiempos es la puesta en práctica del trabajo a distancia y del teletrabajo en la Cuba de hoy.
Algunos criterios apuntan a la obligatoriedad de aplicar estas modalidades de empleo para evitar contagios por la COVID-19 en los centros de trabajo.
Otros señalan la necesidad de crear condiciones de conectividad para laborar desde el hogar. Incluso, hay quien apela a la preparación de los jefes para organizar y controlar el trabajo sin tener a los subordinados delante y, por supuesto, la necesidad del cumplimiento estricto por parte de los trabajadores en lo que se acuerde, a fin de que la productividad no caiga en saco roto.
La titular del MTSS llamó a las administraciones a que hagan uso de esta modalidad y a que no esperen por indicaciones. «Todas las administraciones que tengan trabajadores con posibilidades de laborar a distancia deben convocar su uso», reafirmó.
A tenor con la compleja situación epidemiológica que vive el país en las últimas semanas, el MTSS instó a las administraciones de los centros laborales a potenciar la aplicación del trabajo a distancia y del teletrabajo, «una modalidad de empleo que contribuye al necesario aislamiento social», comentó Feitó Cabrera.
El interés del país en potenciar estas formas de empleo tiene respaldo legal en el Código de Trabajo, así lo explica a Granma Ingrid Travieso Rosabal, directora de Empleo del MTSS.
«En el Código de Trabajo queda recogido el teletrabajo y el trabajo a distancia al abordarse el contrato de trabajo, estableciendo que el empleador acuerda con el empleado el lugar y las condiciones donde se realiza el trabajo».
Las estadísticas permiten conocer cuántos trabajadores se han acogido a esta modalidad, en un momento en que el país atraviesa una compleja situación epidemiológica, iniciada en marzo de 2020, cuando se registraron los primeros casos del SARS-COV-2 en Cuba.
«Al cierre del mes de marzo, se informan 304 079 trabajadores que laboran a distancia, lo que representa el 13 % del total de empleados informado.
«De ellos –continúa Travieso Rosabal– los territorios que están por encima de la media del porciento de trabajadores que laboran a distancia son Guantánamo (27 %), Pinar del Río (19 %), Sancti Spíritus (18 %), Las Tunas y Santiago de Cuba (17 %), Granma (16 %) y Villa Clara (15 %)».
Si bien por todos es conocido que muchas funciones exigen la presencia en el puesto laboral y que no es posible realizarlas desde casa, otras como el diseño y desarrollo de softwares, soporte y mantenimiento de aplicaciones informáticas, proyecto y diseño, trabajos periodísticos… son algunas de las que en la actualidad prevalecen en el trabajo a distancia.
ENTRE BENEFICIOS Y SUBJETIVIDADES
Contrario a los que piensan que desde casa se hace menos, o que simplemente no se hace nada, trabajar desde el hogar les reporta beneficios a las entidades, al disminuir el espacio de oficinas y los medios en explotación, pero estos no son los únicos puntos a su favor.
«Las principales ventajas que aporta la implementación del trabajo a distancia para los trabajadores son la reducción del tiempo de desplazamiento casa-trabajo y viceversa, trabajar sin necesidad de presentarse físicamente en el centro, la posibilidad de planificar de forma autónoma el trabajo, y de alternar las responsabilidades domésticas, familiares y laborales», aclara la Directora de Empleo del MTSS. A esto se debe agregar que se eliminan las llegadas tardes y las ausencias, al adecuar el trabajador su horario.
Aunque está demostrado que este estilo de trabajo trae mejorías para el empleador y para el empleado, todavía existe resistencia a aplicarlo en algunas administraciones donde existen las condiciones para su ejecución.
«Es conocido que algunos de los aspectos que han venido limitando el incremento de su implementación son de carácter objetivo, como pueden ser los medios tecnológicos, de conectividad y otros materiales que puedan ser utilizados; y de carácter subjetivo, donde algunas administraciones aún manifiestan resistencia y no tienen implementados métodos de dirección que sean suficientemente efectivos».
¿Está el país en condiciones de incrementar el trabajo a distancia y mantenerlo de manera sostenida en el tiempo?
«En las condiciones actuales la generalización de esta forma de organización del trabajo está motivada, fundamentalmente, por constituir una medida de prevención del contagio por la COVID-19 y, en segundo lugar, como medida de ahorro energético. También vale la pena señalar otras razones, como vivir lejos del centro de trabajo y el cuidado de personas dependientes.
«Una vez superada la pandemia, algunos motivos siguen constituyendo argumentos válidos para optar por estas modalidades de trabajo a distancia.
«Como parte de la estrategia de control, se desarrolla, de conjunto con la Central de Trabajadores de Cuba, el proceso de incorporación en los convenios colectivos de trabajo de los cargos que, en lo adelante, se desempeñarán bajo estas modalidades de empleo», precisó.
LA CASA, LA OFICINA
Uno de los conceptos del teletrabajo lo define como «forma de trabajo que se realiza en un lugar alejado de las oficinas centrales o centros de trabajo habituales, y que implica la utilización de equipos informáticos y de telecomunicaciones, como herramientas primordiales para el cumplimiento de las actividades».
Hasta el 23 de abril, en Cuba, 13 718 trabajadores se encontraban en esta modalidad, según los datos ofrecidos por el mtss. Aunque al abordar este tema, se piensa inicialmente en conectividad, internet y computadoras, la Directora de Empleo de este organismo ve el asunto desde otra arista:
«En la implementación del trabajo a distancia y del teletrabajo es importante considerar la seguridad y salud laboral, así como la calidad de vida de las personas en la ocupación».
Y es que transformar la casa en la oficina requiere reformular conceptos, espacios, horarios y modos de hacer, tanto por el trabajador como por el empleador.
Recientemente, en el país se modificó el subsistema de Activos Fijos Tangibles. La disposición se engarza con el proceso de informatización de la sociedad y permite utilizar estos medios fuera del centro de trabajo.
Para dar basamento legal a esta decisión, la Gaceta Oficial No. 21 Ordinaria del 25 de febrero de 2021, publicó la Resolución 391 de 2020, del Ministerio de Finanzas y Precios, la cual modifica el Procedimiento de Control Interno No. 1, Elementos claves sobre movimientos de activos fijos tangibles.
En la normativa se incorpora el concepto Utilización en teletrabajo o trabajo a distancia: Cambio de ubicación física de un activo fijo tangible (AFT), para ser empleado fuera de la entidad por la aplicación de las modalidades de teletrabajo y trabajo a distancia.
En el caso de los Movimientos por la utilización en teletrabajo o trabajo a distancia, se emite el modelo SC-1-01 – AFT como constancia de la operación y se suscribe un Acta de responsabilidad material, especificando las condiciones del préstamo.
Son estos los pasos iniciales para facilitar al trabajador los equipos que le permiten hacer su labor, y que, en no pocos casos, no dispone de ellos en casa.
EL PAPEL DE LAS ADMINISTRACIONES
Un artículo publicado en el sitio del MTSS es más específico al referirse a este tema: «Corresponde a las administraciones laborales cumplir con este llamado y perfeccionar la implementación y el control del trabajo a distancia, a partir de definir los cargos que, por su naturaleza y funciones, pueden utilizarlo, tanto como modalidad de carácter permanente o parcial, acompañado de un sistema de control para medir los resultados y evaluar la efectividad de su aplicación, con lo cual podremos saldar esta deuda en el contexto laboral cubano».